Hoy en Colombia y posterior a la pandemia, tenemos la oportunidad de fortalecer el teletrabajo como una opción para muchas empresas que lograron adaptar su modo de trabajar al trabajo desde casa, otro país o sitios remotos que no hubiéramos imaginado.
Sin embargo el teletrabajo no necesariamente aplica a todas las empresas. Es por esto que cada una debe revisar si es beneficioso o no su implementación.
Proponemos que las empresas respondan las siguientes preguntas antes de definirse por esta modalidad.
- La empresa tiene como principal herramienta de trabajo la tecnología?
- Hay cargos en la empresa que serían más eficientes en su desempeño si estuvieran en esta modalidad?
- Esta preparada la empresa para asumir el costo de los cambios que debe realizar para implementar el teletrabajo?
- Que tipo de teletrabajo implementar; Autónomo-Móvil-Suplementario?
Muchos empresarios desconocen todavía las implicaciones de implementar esta modalidad como: El acuerdo que debe firmarse con el trabajador, el suministro de elementos de trabajo donde se encuentre, el fortalecimiento de la seguridad de la información, la definición de mecanismos de control del trabajo de los colaboradores, el ajuste del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo entre otros aspectos.
No hay duda que esta modalidad tiene muchos beneficios para empresarios y trabajadores, como también ya existen estudios que muestran algunos aspectos no tan satisfactorios como el aumento de problemas de salud mental, aumento de enfermedades osteomusculares por sedentarismo y falta de eficiencia en el trabajo en algunos casos.
No todos los trabajadores están listos para laborar en esta modalidad, tampoco todas las empresas deben implementarla por lo que recomendamos hacer mesas de trabajo multidisciplinario donde esté presente el área de recursos humanos, la alta dirección, un abogado laboral y el líder del Sistema de Gestión para revisar si es factible o no su implementación con éxito.
Si quiere ampliar sus conocimientos consulte la siguiente legislación.
- Ley 1221 del 2008. (Establece el reconocimiento del Teletrabajo en Colombia como modalidad laboral)
- Decreto 884 del 2012
- Decreto 1227 de 2022: Especifica las condiciones laborales que rigen el teletrabajo
Angélica Barón
Enfermera Especialista en salud Ocupacional
Gerente PRESISOS SAS