Posterior a la pandemia, muchas empresas identificamos en el teletrabajo una oportunidad para continuar con nuestras actividades reduciendo costos fijos, ajustándonos a la nueva dinámica laboral.
Esta modalidad, en muchos casos, se ha mostrado más productiva y beneficiosa, permitiendo horarios flexibles, disminuyendo la exposición al estrés generado por el tráfico en grandes ciudades, y reduciendo los costos operativos empresariales.
Sin embargo, quizás olvidamos un aspecto fundamental: el teletrabajo no elimina la obligación de implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Por el contrario, este debe ajustarse a las condiciones particulares del trabajo remoto.
Esto incluye el traslado de los riesgos laborales al espacio en el que se encuentra el teletrabajador, la posibilidad de ocurrencia de accidentes en ese entorno, y los cambios psicosociales derivados del aislamiento laboral, como el aumento de la ansiedad, alteraciones del sueño, problemas para desconectarse del trabajo, afectaciones en el entorno familiar y social, así como molestias osteomusculares y dificultades en el control del peso.
Frente a esta realidad, el Ministerio de Trabajo en Colombia ha emitido normativa que busca guiar a las empresas en la implementación adecuada del teletrabajo, tomando como base la Ley 1221 de 2008. En el año 2022 se expidió el Decreto 1227, que introduce precisiones importantes, entre las que se destacan:
- Modificaciones al contrato laboral, incluyendo:
- Especificación de la modalidad de trabajo
- Jornada laboral semanal
- Funciones asignadas
- Medios tecnológicos requeridos
- Responsabilidades sobre los equipos
- Medidas de seguridad digital
- Obligaciones del empleador, tales como:
- Informar a la ARL sobre la modalidad de trabajo
- Adecuar los puestos de trabajo y suministrar los equipos necesarios
- Actualizar la identificación de peligros en el SG-SST
- Orientar a los trabajadores sobre cómo reportar novedades (accidentes de trabajo, daños en sus equipos, molestias en salud).
- Capacitar al personal en temas relacionados con el teletrabajo
Ante este escenario, es importante que como empresarios nos formulemos las siguientes preguntas para evaluar si la implementación de esta modalidad es viable y cómo llevarla a cabo correctamente:
- ¿Hemos realizado un análisis de costo-beneficio sobre la migración al teletrabajo?
- ¿Todos los cargos pueden operar bajo esta modalidad o existen algunos que deben mantenerse presenciales?
- ¿Se han modificado los contratos laborales de manera concertada con los trabajadores incluyendo todas las condiciones necesarias a nivel legal?
- ¿Se han realizado inspecciones a los puestos de trabajo en el espacio donde labora el teletrabajdor para revisar que sean adecuados (silla, escritorio, iluminación)…?
- ¿Se están llevando a cabo los exámenes médicos ocupacionales periódicos para identificar oportunamente afectaciones relacionadas con el teletrabajo?
- ¿Se están implementando estrategias para abordar los riesgos psicosociales asociados a esta modalidad?
- ¿Los teletrabajadores han recibido capacitación para control de sus riesgos?
En PRESISOS SAS estamos para apoyarlo.
Si al finalizar esta lectura se siente confundido o abrumado frente a esta nueva realidad, no se preocupe: podemos orientarlo.
Y si, por el contrario, considera que su empresa ya ha dado pasos firmes en la implementación del teletrabajo, cuente con nosotros para reforzar su estrategia. Contamos con el conocimiento y el equipo profesional necesario para acompañarlo en este proceso.